Sumario
- Origen de las cookies
- Usos de las cookies
- Ley de cookies
- ¿Por qué tantos avisos ahora?
Las cookies son un elemento informático ya antiguo. Si has
navegado recientemente por Internet habrás visto que muchos sitios web
ahora incluyen un aviso sobre el uso de cookies, en el que pretenden
solicitar autorización. Pero, ¿qué son las cookies? ¿y por qué ahora
tantos avisos?
Las cookies nacieron hace años en el mundo de
Internet. Su existencia está asociada directamente a la red. Su nombre
proviene de la definición propia de una cookie informática. En realidad,
son pequeños trozos que la página web instala en nuestro navegador. Es
decir, que cuando nosotros accedemos a una página web, esta envía
información a Chrome, Firefox, Internet Explorer, Opera... y esta
información se almacena en la memoria del mismo. La idea es que la
página web pueda comprobar esa información en el futuro y utilizarla.
Origen de las cookies
¿Alguna
vez has comprado en una tienda online? Aunque nunca hayas llegado a
completar una compra, es muy probable que en alguna ocasión hayas
añadido algo a un carrito online. Pues bien, el origen de las cookies
proviene precisamente de este carrito online. Para que uno pueda añadir
un producto a la cesta de la compra digital y seguir viendo otros
productos mientras se guardan los datos de lo que hemos seleccionado
para comprar, es necesario que esos datos se almacenen en algún lugar.
Una página web no puede almacenar los datos de todos los compradores, y
aunque así fuera, no podría relacionarlos directamente con cada uno de
nosotros. Sin embargo, todo es mucho más sencillo cuando los datos se
almacenan en el navegador. En Chrome, Firefox, Explorer, Opera o
cualquier otro navegador, se guardan esos productos que hemos añadido al
carrito. Por eso, cuando accedemos horas después, siguen estando ahí,
porque los datos todavía no se han borrado de la memoria del
explorador..
Usos de las cookies
Las
cookies son realmente útiles. Cuando iniciamos sesión en Facebook,
Twitter o en cualquier otro servicio web, cerramos la página, y al cabo
de un tiempo la volvemos a abrir, nos daremos cuenta de que la sesión
continúa iniciada y no tenemos que volver a introducir nuestros
credenciales. En realidad, esa página web ha leído la información de la
cookie que se guardó la primera vez que introdujimos los credenciales, y
ya sabe que somos nosotros, por lo que no necesita que volvamos a poner
el usuario y la contraseña. Este es uno de los usos más comunes de las
cookies, además del ya mencionado carrito de la compra.
Sin
embargo, también hay muchos más. Existen las cookies publicitarias, que
almacenan información sobre los lugares que hemos visitado, y que
permite que se nos ofrezca una publicidad acorde a lo que nos interesa.
Como se puede observar, este tipo de cookies ya es más intrusivo que las
anteriores. Mientras que las de antes buscaban principalmente el
beneficio del usuario, estas ya buscan el beneficio de terceros. Y lo
peor de todo no es que quieran ofrecernos simplemente publicidad, sino
que esto se lleva más allá llegando a lo denominado como espionaje
informático. Algunas cookies no solo saben lo que hemos agregado al
carrito, sino incluso la dirección de correo electrónico que hemos
introducido, aun cuando no hayamos completado un formulario de registro.
Por
ello, aunque hay peligros, podemos afirmar que las cookies no solo son
beneficiosas, sino que en el Internet que conocemos hoy en día, las
cookies son totalmente imprescindibles. Aun así, es importante llevar
cuidado y que se establezcan normas de cookies que nos permitan, al
menos, saber de su existencia.
Ley de cookies
Ante
esta situación, se creó la Ley de cookies. Esta Ley buscaba regular el
uso de este elemento informático que tan de moda está en Internet,
tratando de hacer que fuera el usuario el que supiera en todo momento lo
que ocurre cuando está navegando. Una de las normas de esta Ley
establece que los responsables de los sitios web tienen el deber de
informar a los usuarios ante el uso de cookies en determinadas
circunstancias. La Ley entró en vigor el año pasado, y es por eso que
cada vez son más las páginas web que están incluyendo estos avisos.
Básicamente,
la Ley marca que hay dos tipos de cookies, unas de ellas requieren
autorización por parte del usuario, por lo que es necesario un aviso en
la propia página web, y las otras no.
Aquellas cookies que no
requieren ningún tipo de autorización son las que son estrictamente
necesarias para el funcionamiento de la página web a nivel técnico. No
es necesario solicitar permiso, pues sin ellas la página web no podría
funcionar. Un ejemplo de estas es el carrito de la compra. Y lo mismo
ocurre con las cookies necesarias para iniciar un servicio solicitado
por el usuario. Este último caso podría ser el del inicio de sesión. Si
el usuario solicita que se recuerde su contraseña, es necesario utilizar
una cookie, por lo que aquí no hay que solicitar una autorización
expresa. No obstante, aunque no hay que solicitar dicha autorización, sí
que es necesario que aparezca el uso de estas cookies en el aviso legal
de la página web.
Sin embargo, hay otras cookies para las cuales
no basta simplemente con que se incluya la información en la sección de
aviso legal, sino que también es necesario que se solicite autorización
para utilizarse. Hay tres tipos de cookies que están en esta situación:
- Cookie sin capacidad de identificación del usuario:
Estas cookies, aunque no identifican al usuario, si no están incluidas
en el grupo anterior, es necesario que soliciten el permiso al propio
usuario.
- Cookie con capacidad de identificación del usuario:
Es obvio que estas cookies, que son las que podrían resultar más
intrusivas, requieren de una autorización del usuario. Nos identifican y
pueden almacenar información sobre nosotros que se puede utilizar más
tarde. Si en tu navegador se ha instalado una cookie publicitaria, es
posible que ahora sepa que tú estás en PC Actual. No es raro que más
tarde encuentres en Internet publicidad relacionada con la informática,
gracias a los datos que ha obtenido anteriormente. Además, cookies de
este tipo pueden saber dónde has hecho Me Gusta, qué artículos has
leído, e incluso cuántos productos has comprado en una tienda online.
- Cookie aceptada en la configuración del navegador:
Tampoco se salvan las cookies que hemos preaceptado en la configuración
del navegador. Nosotros podemos configurar Chrome, Firefox, Explorer, o
el navegador que sea, para aceptar de manera predeterminada una serie
de cookies. Aun así, las páginas web están obligadas a informar al
usuario y pedir autorización para el uso de estas.
¿Por qué tantos avisos ahora?
Lo
que más llama la atención es la cantidad de páginas web que están
incluyendo actualmente estos avisos. La Ley entró en vigor en marzo de
2012, hace ya más de 18 meses. ¿Por qué no empezaron a modificarse las
páginas web entonces? El desconocimiento y la creencia de que nunca se
llegaría a aplicar de manera correcta son los culpables. Existe una gran
cantidad de usuarios con páginas web de poca importancia que hace uso
de cookies pero que desconocía esta Ley. ¿Tiene sentido multarlos cuando
su actividad con su web es casi nula?. Esta situación podría haber
llevado a pensar que la Ley finalmente sería permisiva, pues no había
forma de medir cuándo el responsable de una web estaba en conocimiento
de ello, cuándo ha tenido la intención de saltarse la Ley y de cuándo
una multa puede ser un gran perjuicio para el mismo cuando en realidad
prácticamente no utiliza esa página web.
Sin embargo, todos
comenzaron a introducir la notificación a los usuarios cuando se
empezaron a imponer las primeras multas por el incumplimiento de la Ley.
Este efecto sancionador ha provocado que, año y medio después,
numerosas páginas web ya hayan publicado el texto legal correspondiente
sobre las cookies.
La duda que queda todavía en el aire es si
estos avisos son los correctos. La Ley remarca que se debe solicitar
autorización. En muchos casos, lo que se indica es que si el usuario
continúa navegando, se da por sentado que acepta el uso de cookies. Por
un lado, es lógico que así sea, pues a veces podría ocurrir que el
usuario ni siquiera se diera cuenta del aviso. Sin embargo, todavía
habrá que esperar a ver si se considera esto como suficiente o si habrá
que realizar una notificación de una manera más clara. Algunos servicios
optan por introducir un banner de un tercio de la web en la zona
superior, que se ve claramente, o incluso un banner a pantalla completa
que obligue al usuario a leerlo antes de continuar navegando. Estos
sistemas son mucho más precisos, aunque podrían conseguir que los
usuarios abandonaran la página web en lugar de consentir el uso de
cookies.
¿Quién debe cumplir con la Ley de cookies?
Tanto
las empresas como los profesionales que tengan una página web, así como
otros que ofrezcan servicios de la información, deben cumplir con la
Ley de cookies. Y esto aplica tanto a los que están establecidos en
España, como a los que dirigen una página web específicamente al público
español, por lo que incluso se verían afectadas aquellas páginas web
extranjeras que van dirigidas también a España, que son una gran
cantidad de tiendas onlines de marcas de reputación mundial que operan
hoy en día en Internet, vendiendo en España, pero establecidas
legalmente en otros países, como Irlanda, por ejemplo.
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